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LA COMPRAVENTA: 10 CONSEJOS BÁSICOS

El proceso de compraventa de un inmueble, siguiendo todas sus fases, hasta que llega a buen fin para el comprador y el vendedor, es un proceso dilatado en el tiempo y que implica un importante compromiso económico de los intervinientes.
Los puntos básicos que los intervinientes en un contrato de compraventa deben tener en cuenta, son los que a continuación se exponen.

Son de aplicación al comprador los puntos 1 al 8.

Y al vendedor los puntos 1, 2, 5, 6, 9 y 10.

1.No debe firmar documento alguno sin leerlo ni comprenderlo en su integridad. Si no lo entiende correctamente consulte con un Abogado.

2.Calcule previamente el desembolso total que va a suponer la compraventa: precio, impuestos, Notaria, Registro, intermediarios, hipoteca y sus gastos etc...

3
.No entregue cantidad alguna a cuenta del precio total/final de la compraventa, sin estar totalmente seguro de que puede pagar el mismo íntegramente. Si, para proceder a la compra, necesita la concesión de un préstamo hipotecario, asegúrese de que le será concedido y en que cuantía.

4
.Verifique en el Registro de la Propiedad la titularidad del inmueble que desea comprar y el estado de cargas del mismo, es decir si existen hipotecas, embargos, arrendamientos etc...

5
.La compraventa debe materializarse en escritura pública otorgada ante Notario.

6
.Inscriba la compra del inmueble en el Registro de la Propiedad. Además solicite al Notario en el momento del otorgamiento de la escritura de compraventa la remisión, de dicha escritura, vía fax al Registro de la Propiedad.

7
.Si compra una vivienda sobre plano extreme todas las precauciones respecto a las dimensiones del inmueble, su ubicación etc... Conserve toda la documentación que le sea facilitada a lo largo del proceso de construcción.

8
.Si compra una vivienda que no está construida y debe entregar cantidades a cuenta antes de iniciarse la construcción y durante la misma, solo compre si, al otorgamiento del contrato, le es entregada la garantía que responda de la devolución de las cantidades entregadas incrementadas con el interés del 6 % anual. Esta garantía se presta mediante contrato de seguro o aval.

9
.No entregue la posesión del inmueble hasta no haber recibido la totalidad del precio por parte del comprador.

10
.Acepte solo medios de pago que garanticen el cobro, tales como metálico, cheques conformados o bancarios, o letras de cambio o pagarés avalados por Banco o Caja de Ahorros.